Diario Regional El Mañana De Valles
Tribunal negó un juicio de amparo

Tribunal negó un juicio de amparo

Pretendía “proteger” sus derechos políticos


En su obsesión por buscar la reelección a la Presidencia Municipal, Juan Carlos Arrieta Vita promovió un juicio para la protección de los derechos políticos del ciudadano, en base a los lineamientos emitidos por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), que regulan el registro de candidaturas para personas de  pueblos y comunidades indígenas en las elecciones de diputaciones y ayuntamientos del estado de San Luis Potosí, mismo que fue desechado por las autoridades competentes.

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, publicó en estrados el 3 de diciembre, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 10, 23 y 27 de la Ley de Justicia Electoral del Estado, la resolución del juicio para la protección de los derechos políticos del ciudadano, número TESLP/JDC/786/2020 y su acumulado TESLP/JDC/787/2020, interpuesto por Juan Carlos Arrieta Vita y otro, en contra de “el acuerdo del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, por medio del cual se emiten los lineamientos que regulan el registro de candidaturas para personas (sic) de pueblos y comunidades indígenas en las elecciones (sic) de diputaciones (sic) y ayuntamientos del estado de San Luis Potosí, durante el proceso electoral 2020-2021, de fecha 20 veinte de octubre de 2020 dos mil veinte”.

El Tribunal desechó de plano el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TESLP/JDC/786/2020 y su acumulado, por los argumentos precisados anteriormente, con fundamento en el artículo 15 fracción IV de la Ley de Justicia, al haberse presentado el medio de impugnación fuera de los plazos señalados previstos por la ley.

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