El Sur de tamzunchal
Reforzarán el examen del control de confianza

Reforzarán el examen del control de confianza

Deban asentarse los datos de identificación del personal que las aplique.


Fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, la iniciativa de reforma a los artículos 6º y 20 de la Ley de Control de Confianza del Estado, para que en cada uno de los resultados de las pruebas practicadas en el Examen de Control de Confianza deban asentarse los datos de identificación del personal que las aplique.

El legislador promovente, Presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social, establece que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema. Además, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes señalen para permanecer en dichas instituciones.

Es importante establecer la temporalidad dentro de la que, de manera razonable, la autoridad competente de cada una de las instituciones debe, en su caso, instaurar el inicio de los procedimientos sancionadores en contra de los elementos que no acrediten alguno de los exámenes de control de confianza.

Por lo tanto, propone la adición al vigente artículo 20 de la Ley de Control de Confianza del Estado de San Luis Potosí, de tal forma que se determine un plazo perentorio que será de la más estricta responsabilidad de los titulares de las instituciones de seguridad, para que den inicio al procedimiento, evitando con ello excepciones de prescripción que, en la práctica, tienen como resultado dejar sin efecto los procedimientos de separación de elementos que no cumplieron con la evaluación. 

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